Formas de un contrato

El contrato de trabajo puede celebrarse por tiempo indefinido (fijo en la empresa) cuando no se fija una fecha determinada para su finalización o por tiempo determinado (temporal) cuando se realiza por una causa y una duración determinada. Normalmente se entiende que el contrato suele ser a tiempo indefinido, salvo por estos casos:

Si la empresa no da de alta al trabajador en la Seguridad Social, una vez que haya transcurrido un tiempo superior al que podría durar el período de prueba.
Cuando un contrato deba celebrarse obligatoriamente por escrito y no se haga así, salvo que de la propia naturaleza de las actividades o de los servicios contratados, se deduzca claramente su duración temporal.
Cuando los contratos se celebran en fraude de ley.
Cuando una empresa ceda trabajadores a otra empresa de forma ilegal.
Cuando el trabajador continúa trabajando, una vez finalizada la duración máxima de su contrato temporal y sin mediar denuncia expresa, salvo que se pruebe la naturaleza temporal de la prestación de servicios.